
El consejo de Estado ha ordenado mediante sentencia, una vez por todas que los docentes nombrados bajo el decreto 1278 de 2002, para pensionarse a la edad de 57 años pueden tener en cuenta todos los tiempos de servicios que tengan por haber laborado como servidor público antes de ser vinculados como docentes; Igualmente el mismo Consejo de Estado ha indicado que estos docentes, puede recibir su pensión de Ley 100 y además puede seguir trabajando hasta la edad de 70 años recibiendo ambos ingresos.
Mayor información aquí:
⏬⏬⏬⏬⏬⏬⏬⏬⏬⏬⏬⏬⏬⏬⏬⏬⏬


